El Fondo Regional de Iniciativa Local tiene su fuente legal en la Ley de Presupuestos del Sector Público, que cada año asigna al programa de inversión del Gobierno Regional , dentro del subtítulo 33 (Transferencias de Capital), ítem 03 (a otras entidades públicas), 125 (Asignación Municipalidades - Fondo Regional de Iniciativa Local).
El Fondo Regional de Iniciativa Local del Gobierno Regional financia proyectos de infraestructura que incluya equipamiento y equipos, postulados por las municipalidades de la Región, cuyo monto inferior no supere la suma de 3000 UTM del año presupuestario (a enero del año en curso).
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